Summit Agro – Argentina

IWAI: 25 años – Bases y Condiciones

PROMOCIÓN

“25 AÑOS JUNTO A NOSOTROS. AHORA NOS TOCA PREMIARTE”

BASES Y CONDICIONES

1. DESCRIPCIÓN

1.1. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA PARA PARTICIPAR O GANAR. La presente promoción (en adelante, la “Promoción”) es organizada por Summit Agro Argentina S.A. (en adelante, “Summit Agro” o el “Organizador”), con domicilio en la calle Carlos Pellegrini 719, Piso 8, (C1009ABO), de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La presente Promoción es sin obligación de compra de bien o servicio alguno y quedará sujeta a las condiciones que seguidamente se detallan (en adelante, las “Bases”). 

2. OBJETO

    2.1. A través de la presente Promoción se premiará a aquellos clientes del Organizador y/o a participantes que no sean clientes del Organizador (denominados conjuntamente los “Participantes”), que cumplan con las condiciones señaladas en el punto 4 y concordantes de estas Bases.

    3. VIGENCIA Y ÁMBITO GEOGRÁFICO. 

      La Promoción estará vigente a partir de las 00.00 hs del día 01 de septiembre de 2026 y las 23.59 hs del 30 de noviembre de 2026, ambas fechas inclusive (en adelante, el “Plazo de Vigencia”) y se regirá por la normativa que resulte aplicable en la materia y en especial por estas Bases, y será válida en todo el territorio de la República Argentina. 

      4. PARTICIPANTES Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN. 

        4.1. Podrán participar de la Promoción las personas físicas mayores de dieciocho (18) años y las personas jurídicas con domicilio en el Territorio que cumplan con algunas de las siguientes formas de participación:

        4.1.1. Clientes Participantes (en adelante, los “Clientes Participantes”): 

        4.1.1.1. A los fines de estas Bases serán considerados Clientes Participantes todas las personas que, durante el Plazo de Vigencia de la Promoción, adquieran al menos uno (1) de los Productos Participantes definidos en la cláusula 4.1.1.2, siempre que dicha adquisición haya sido efectivamente facturada y el Producto Participante haya sido efectivamente entregado, encontrándose dicha entrega respaldada por el correspondiente remito emitido hasta el 30 de noviembre de 2026 inclusive, y siempre que dicha adquisición se realice bajo alguna de las siguientes modalidades: a) sean distribuidores del Organizador; y/o b) sean clientes directos del Organizador; y/o c) clientes que adquieran productos a través de distribuidores integrantes de la red Mikata. 

        4.1.1.2 Productos Participantes (en adelante, los “Productos”).  A los fines de la presente Promoción se considerarán Productos Participantes aquellos productos comercializados por el Organizador que se detallan a continuación: Fierce RM, Yamato Top, Brucia, Starkle, Sempra, Gemmit Top, Nyambi, Matsuri, Stagger, Taisei, Sencorex, Zenitsu, Moka, Dipel, Pleo Top, Dron DJI Agras T100, Dron DJI Agras T70P y Dron DJI Agras T55

        4.1.1.3. A los fines de participar bajo estas modalidades, será condición, que al momento del Sorteo el Cliente Participante no se encuentre en mora respecto de cualquier producto del Organizador por un periodo superior a noventa (90) días. 

        4.1.1.4. Quedan excluidas de la Promoción: (i) las compras de productos que están por fuera de la Promoción; (ii) las Personas que cumplan con las condiciones de la cláusula 4.1. y cc. pero realizaron compras de productos cuyo remito de entrega tiene ubicación fuera del Territorio; o domicilio fuera del Territorio. (iii) Los distribuidores de ALZ que adquieran el producto denominado “Taisei”; (iv) Clientes del Organizador que adquieran productos a través de canales de comercialización distintos a los expresamente definidos en las Bases. Todo ello, con excepción de aquellos Participantes que opten por participar de la Promoción según el mecanismo descripto en el apartado 4.1.2. siguiente. 

        4.1.1.5. Todos los Clientes del Organizador que cumplieren con los requisitos para ser considerados Clientes Participantes, pero no desearen participar, deberán informarlo a través de la casilla de correo  org@summit-agro.com 

        4.1.2. Participación Gratuita. Consumidores No Clientes (en adelante, los “Consumidores No Clientes”): 

        4.1.2.1. A los fines de estas Bases se entenderá que resultan Consumidores No Clientes (i) aquellas personas físicas mayores de dieciocho (18) años que no sean clientes del Organizador, o (ii) aquellos que siéndolo no cumplieren con los requisitos detallados en el apartado anterior. Los Consumidores No Clientes podrán participar de forma gratuita en esta Promoción si entregan personalmente un dibujo del logo de los 25 años de Summit Agro Argentina S.A. en Carlos Pellegrini 719, Piso 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 18:00 horas, con la referencia “Sorteo por los 25 años”, o bien, enviando dicho dibujo escaneado por correo electrónico a org@summit-agro.com con la referencia “Sorteo por los 25 años”. Junto con el dibujo deberán comunicar nombre y apellido completo, DNI, fecha de nacimiento, y/o razón social, CUIT, número de teléfono de línea y/o celular; y correo electrónico.

        4.1.2.2. Se aceptará la recepción solamente un (1) dibujo por persona y por semana. Al momento de la recepción de cada sobre con el dibujo por el Organizador, éste le dará entrada a cada uno de ellos mediante una constancia, y serán entregados oportunamente a un escribano, quien corroborará el cumplimiento de los requisitos mencionados precedentemente. Los sobres con los dibujos cuyos Consumidores No Clientes estén repetidos, serán anulados y quedarán sin efecto alguno para la Promoción. La falta de cumplimiento de alguno de los requisitos mencionados precedentemente impedirá la participación del sobre con el dibujo remitido.

        5. CHANCES DE PARTICIPACIÓN 

        5.1. Los Clientes Participantes obtendrán las mismas chances de participación del Programa durante el Plazo de Vigencia: a) 1 (una) sola chance de participación por la adquisición de cualquiera de los Productos Participantes, conforme lo previsto en el punto 4.1.1.2 de estas Bases; b) Los Participantes No Clientes que participe de la forma dispuesta en el apartado 4.1.2., se le otorgara una (1) única chance de participación, independientemente de la cantidad de dibujos que presenten durante el Plazo de Vigencia de la Promoción. La presentación de más de un dibujo no otorgará chances adicionales.

        5.2. A los fines de estas Bases, cada Cliente Participante obtendrá una (1) única chance de participación en el presente Programa, independientemente de la cantidad de operaciones de compra que realice, de la cantidad de Productos Participantes que adquiera y/o del volumen adquirido durante el Plazo de Vigencia de la Promoción.

        A modo meramente ilustrativo, un Cliente Participante que adquiera diez (10) litros de Fierce obtendrá la misma cantidad de chances que un Cliente Participante que adquiera cien (100) litros de Fierce. En todos los casos, corresponderá una (1) única chance por Cliente Participante.

        6. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN. 

        6.1. A fin de determinar a los Ganadores (en adelante, los “Ganadores”) de la Promoción, entre todos los Participantes que hayan participado de la forma dispuesta en 4.1.1. o 4.1.2. durante el Plazo de Vigencia, el Organizador realizará el sorteo, el cual tendrá lugar en el domicilio de la calle Carlos Pellegrini 719, piso 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o de forma remota, según lo defina el Organizador, dentro de los 30 (treinta) días contados desde la finalización del Plazo de Vigencia de la Promoción, frente a escribano público (“Sorteo”). Si el día fijado fuese decretado como feriado o día no laborable, o si por cualquier motivo el Organizador ese día no prestare servicios, el Sorteo se realizará en el mismo lugar y a la misma hora, el día hábil siguiente a dicha fecha. 

        6.2. El Sorteo se realizará a través de un procedimiento informático de selección aleatoria y del que participaran todos aquellos Participantes que hayan cumplido con los puntos dispuestos en las cláusulas 4 y 5 de estas Bases. En el caso de los Clientes Participantes, el Organizador determinará su habilitación sobre la base de sus registros de ventas y de los correspondientes remitos de entrega, siendo dicha información la única fuente válida para acreditar la participación, conforme a las condiciones establecidas en el apartado 4.1.1.1. La probabilidad matemática de resultar adjudicado dependerá de la cantidad de personas que participen del Programa. 

        7. PREMIOS. 

        7.1. Con motivo de la celebración de los 25 años del Organizador el presente Programa consistirá en el Sorteo de 25 premios (en adelante, los “Premios”). Los Premios consistirán en 1 (un) premio principal y 24 (veinticuatro) premios secundarios.  

        7.1.1. El Premio principal (en adelante, el “Viaje”) consiste en: Un (1) viaje a Japón para una (1) persona. El Ganador realizara el Viaje junto con los ganadores del Programa Zenkai organizado también por Summit Agro. Las Bases del presente Programa respecto al contenido, servicios y alcance del Viaje son idénticas a las Bases del Programa Zenkai. Sin perjuicio de ello, se detalla a continuación que incluye el Viaje:

        • Un (1) pasaje aéreo a Japón, ida y vuelta para el ganador, en vuelo chárter, en línea aérea a elección del Organizador. 
        • Seis (6) noches de alojamiento para el Ganador en un hotel a elección del Organizador. Incluye desayuno, almuerzos y cena diaria. Cualquier otro servicio que ofrezca el hotel deberá ser abonado por el Ganador. Quedará a criterio exclusivo del Organizador la decisión acerca de cuál será el hotel en el que se alojará el Ganador. Dicha decisión será inapelable y no podrá ser modificada. 
        • Traslado de llegada “aeropuerto – hotel” y de salida “hotel – aeropuerto” en autobús y traslado desde el hotel hacia las distintas actividades incluidas en el Viaje. 
        • Actividades grupales a realizar en el destino, organizada y coordinada conforme disponibilidad y programación local. La elección de las actividades queda a criterio del Organizador. 
        • Asistencia al viajero de cobertura estándar, conforme a las condiciones y limitaciones establecidas por el prestador correspondiente. 
        • Obsequios de cortesía provistos por el Organizador, según disponibilidad al momento de la entrega. 

        7.1.1.1 En caso de divergencia, contradicción o discrepancia entre lo previsto en las presentes Bases respecto del alcance, contenido, condiciones y/o servicios incluidos en el Viaje y lo establecido en las Bases del Programa Zenkai, prevalecerán lo dispuesto en las Bases del Programa Zenkai. 

        7.1.1.2 Será total y absoluta responsabilidad del Ganador gestionar y obtener toda la documentación necesaria para entrar, permanecer y salir de Japón en las fechas oportunamente notificadas por el Organizador. Por tanto, queda expresamente establecido que el Organizador no asume ni asumirá ninguna responsabilidad en tal sentido. 

        7.1.1.3 El Viaje no incluye, en ningún caso, los siguientes conceptos: 

        a) La obtención de visas, permisos de viaje, autorizaciones de ingreso al país de destino o cualquier otra documentación migratoria que pudiera resultar necesaria para que el Ganador pueda hacer uso del Viaje. 

        b) Gastos relacionados con traslados o transporte dentro del lugar de destino que no formen parte del itinerario oficial del Viaje. 

        c) Seguros de cualquier tipo, incluidos, sin limitación, seguros contra accidentes, asistencia médica, tratamiento médico de emergencia, pérdida de vida, pérdida de equipaje u otros riesgos. 

        d) Gastos vinculados a transporte interno tales como trenes nacionales, alquiler de automóviles u otros medios de transporte en destino que no estén contemplados en el itinerario programado. 

        e) Cualquier gasto no incluido expresamente en el itinerario oficial del programa, tales como comidas no previstas, eventos o actividades fuera del itinerario, compras personales, transporte a sitios locales durante el tiempo libre y cualquier otro gasto incidental. 

        f) Cargos imprevistos en el hotel, incluyendo -a mero título enunciativo- llamadas telefónicas, servicio al a habitación, lavandería, consumo de minibar, pérdida o daño a bienes del hotel, o cualquier otro gasto adicional generado durante la estadía. 

        g) Servicios de traducción o interpretación 

        7.1.2. Los premios secundarios (en adelante, los “Premios secundarios”) consisten en:

        • 2 (dos) Dron DJI MAVIC 3 MULTIESPECTRAL 
        • 9 (nueve) Smart TV Samsung 55’ QLED. 
        • 7 (siete) Notebook Lenovo Ideapad Slim 3 de 15.6”
        • 6 (seis) Cafetera Nespresso Essenza Mini C 

        7.2 La adquisición de los Premios secundarios indicados en el apartado precedente quedará sujeta a disponibilidad de mercado. Las marcas y/o modelos allí mencionados son meramente referenciales, quedando facultado el Organizador a entregar, en su reemplazo, productos de características similares, calidad equivalente y/o marca de igual o similar prestigio, sin que ello otorgue derecho a reclamo alguno por parte del Ganador. 

        7.3. Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de los expresamente detallados en estas Bases.

        7.4. Los Premios no podrán ser canjeados por su equivalente en dinero en efectivo, en ninguna circunstancia. 

        8. NOTIFICACIÓN DEL CARÁCTER DE POTENCIALES GANADORES.  

        8.1. Los Participantes que resulten Ganadores serán notificados de su carácter de tal de manera electrónica al correo electrónico registrado en el sistema del Organizador o, en el caso de los Participantes No Clientes, al correo electrónico oportunamente informado, dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores a la realización del Sorteo. 

        8.2. El Organizador seleccionara, en el mismo acto, 25 (veinticinco) Potenciales Ganadores Suplentes para que se conviertan en acreedores del Premio en el hipotético caso de que alguno de los Potenciales Ganadores no cumpla con los requisitos de participación del presente Programa. 

        8.3 Si el Potencial Ganador no acreditase identidad y/o no cumpliere con lo indicado en los puntos 4 y/o 5 de estas Bases, quedará automáticamente eliminado y perderá la posibilidad de hacerse acreedor del Premio, sin derecho a reclamo alguno. 

        8.4. En caso de eliminación del Potencial Ganador, el Organizador procederá a notificar, dentro de los siguientes diez (10) días hábiles, a quien haya resultado Potencial Ganador Suplente conforme el mecanismo de notificación del punto 8.1. quien deberá acreditar identidad y tener cumplimentado los puntos 4 y/o 5 de las presentes Bases. 

        8.5. En este último caso, cada Potencial Ganador Suplente reemplazará al Potencial Ganador en el mismo orden de prelación en el que fue designado este último. 

        8.2. Los Premios son intransferibles.

        9. ENTREGA DE LOS PREMIOS. 

        9.1. Los Participantes que resulten Ganadores por haber salido sorteados de acuerdo con lo establecido en el punto 6.1. de las presentes Bases se harán acreedores de alguno de los premios sorteados en el presente Programa.

        9.2. Queda expresamente establecido que la recepción del premio por el Ganador será interpretada en el sentido de que este último ha aceptado tácitamente las presentes Bases.

        9.3. Los costos y gastos correspondientes al envío y entrega del Premio al Ganador serán íntegramente a cargo del Organizador, sin costo alguno para el Ganador. La modalidad, fecha y lugar de entrega serán coordinados oportunamente entre el Organizador y cada Ganador, teniendo en consideración las características del Premio y las circunstancias particulares de cada caso.

        10. RESPONSABILIDAD 

        10.1.  El Organizador no se responsabiliza de los daños, pérdidas (directas, indirectas y/o consecuentes), hurtos y/o robos de los que pudieran ser objeto los Participantes, y/o los Ganadores, con motivo o en ocasión de su participación y/o retiro de los Premios y/o durante el uso de los Premios. El Organizador no será responsable: (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Ganadores, sobre sus personas o bienes, con motivo de o en relación a su participación en la presente Promoción o por el uso del premio correspondiente obtenido, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los Ganadores, terceros y/o sucesores, lo que es aceptado incondicionalmente por cada Participante y/o Ganador al momento de aceptar el Premio. (ii) El Organizador no otorga garantía de calidad ni ninguna otra en relación con los Premios, debiendo dirigirse cualquier reclamo a los proveedores de los mismos. 

        10.2. En caso de que el Viaje deba suspenderse temporaria o definitivamente, por causas o motivos de fuerza mayor, el Organizador no tendrá responsabilidad alguna frente al Ganador. El Organizador no se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador durante el Viaje. Los gastos no incluidos en las presentes Bases estarán a cargo del Ganador, incluyendo, pero sin limitarse a traslados desde la ciudad de origen del Ganador hasta el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, ida y vuelta, gastos de viáticos y/o impuestos y/o cualquier otro costo o gasto que se produzca como consecuencia y/o en ocasión del Viaje. 

        10.3. El Ganador deberá poseer pasaporte vigente al momento de la participación en la Promoción. El Organizador no será responsable en ningún caso por la tramitación de documento, cédula, pasaporte o visado que pudieran necesitar el Ganador del Viaje. En tal sentido, el Organizador carecerá de responsabilidad en caso de que el Ganador del Viaje no concreten el Viaje dispuesto en el apartado 7.1.1, por imposibilidades concernientes a la documentación legal para viajar (documento, cédula, pasaporte, visa, etc.) y/o por causas ajenas al Organizador. 

        11. PROBABILIDAD MATEMÁTICA.

        La probabilidad matemática de obtener los Premios en el marco de la presente Promoción dependerá de la cantidad de Participantes de la Promoción. A título ejemplificativo, si cada participante tiene una chance y participan 1.000 mil personas la probabilidad de ganar el premio será 10 en 1.000, equivalente al 1%.

        12. AUTORIZACIÓN.

        Los Ganadores de la Promoción autorizan expresamente al Organizador a difundir sus nombres, voz e imagen, con fines promocionales, en cualquier medio de comunicación (incluido el sitio web del Organizador, Facebook, Twitter, etc.), sin derecho a compensación alguna, durante el Plazo de Vigencia y hasta los dos (2) años de finalizado dicho Plazo de Vigencia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 25.326.

        Con relación a la recolección de datos personales de los participantes será de aplicación las políticas de privacidad de Summit Agro Argentina S.A. las cuales se ajustan a la ley de protección de datos personales 25.326.

        13. MEDIOS DE DIFUSIÓN DE LA PROMOCIÓN.

        13.1. Esta Promoción podrá ser publicada en todos los medios de comunicación masiva.

        13.2. Las presentes Bases se encontrarán disponibles en el sitio http://www.summit-agro.com 

        14. MANIOBRAS QUE DESNATURALICEN LA PROMOCIÓN.

        14.1. El Organizador podrá prohibir la participación en la Promoción como así también podrá no otorgar cualquiera de los Premios de la Promoción a aquellas personas que intenten socavar la operación legítima de la Promoción por medio de trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica desleal de juego destinada a ganar de forma ilegítima, molestar, insultar, amenazar o acosar a otros Participantes, al Organizador y/o empleados sin perjuicio del derecho de reclamar los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder.

        14.2. El derecho a participar solo podrá obtenerse durante el Plazo de Vigencia.

        15. ACEPTACIÓN DE LAS BASES

        Por el hecho de participar en la presente Promoción, los Clientes y los Participantes reconocen estar sujetos a las condiciones establecidas en las presentes Bases, las cuales podrán ser consultadas en el sitio web del Organizador http://www.summit-agro.com 

        El Organizador podrá, a su solo criterio, modificar la duración de la Promoción, introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados en el presente, en su caso, siendo oportunamente notificado a los Participantes. El Organizador podrá cancelar, suspender o modificar total o parcialmente la Promoción y las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables. 

        16. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN.

        El Organizador de la presente Promoción se reserva el derecho de cancelar, suspender o modificar la presente Promoción y/o algunos de los Sorteos por circunstancias no previstas y/o que sean ajenas a la voluntad del Organizador.

        17. JURISDICCIÓN.

        Todas divergencias que pudieran surgir con relación al Concurso y a todos los efectos de misma, los Participantes y el Organizador se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.